Conozca Sus Derechos con la Policía en CaliforniaDerechos Constitucionales que Debe ConocerU.S. Constitutional Amendment IV & V
Free Consultation.Su Derecho a Guardar Silencio
La Quinta Enmienda le otorga el derecho a guardar silencio durante cualquier encuentro con la policía. Usted no está obligado a responder preguntas de la policía más allá de proporcionar identificación cuando es detenido legalmente. Declare claramente: Estoy invocando mi derecho a guardar silencio y quiero un abogado. No explique ni discuta — todo lo que diga puede ser usado en su contra en la corte.
Su Derecho Contra Registros Irrazonables
La Cuarta Enmienda lo protege contra registros irrazonables. Si un oficial le pide registrar su persona, vehículo, u hogar, usted puede negarse. Diga: No consiento a este registro. Un oficial que proceda debe justificar el registro mediante causa probable, una orden, o una excepción legal reconocida. Su negativa no puede ser usada como evidencia de culpabilidad.
Durante una Parada de Tráfico
Manténgase calmado, mantenga sus manos visibles, y proporcione su licencia de conducir, registro, y prueba de seguro. Usted no tiene que responder preguntas sobre a dónde se dirige o si ha consumido alcohol. Si le piden que salga del vehículo, cumpla — pero continúe invocando su derecho a guardar silencio.
Si Usted es Arrestado
Si usted o un ser querido ha sido arrestado o cree que está bajo investigación, llame al (833) 666-5245 ahora mismo. Estamos disponibles las 24 horas, los 7 días de la semana.
Llame a Virtuoso Law de Inmediato
No espere para buscar representación legal. Cuanto antes hablemos con usted, mejor podremos proteger sus derechos desde el inicio del proceso.